Micelio

Artículo 2

Ley 108 de 1962 · Por la cual se decreta un auxilio para el Municipio de Puerto Tejada (Departamento del Cauca), y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Nacionalizase el colegio de segunda enseñanza para bachillerato "José Hilario López" y en consecuencia una vez sancionada esta Ley, la Nación asumirá el sostenimiento y funcionamiento de este establecimiento educativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 108 de 1962