Micelio

Artículo 4

Ley 9 de 1951 · Por la cual se créa y organiza el Departamento de Córdoba

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el Distrito Judicial de Montería habrá, además, un Juzgado Superior con el siguiente personal: un (1) Juez, un (1) Secretario, un (1) Escribiente y un (1) Portero Citador, con las asignaciones correspondientes a los de su clase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1951