Articulo 33. Cinturones. De cuero charolado blanco, do cinco centímetros de ancho, con chapa rectangular, de metal dorado, con el escudo nacional de esmalte blanco, superpuesto en el centro. De cuero charolado negro, de iguales dimensiones e igual chapa del anterior.
Decreto 333 de 1937 →Vigente
Artículo 33
Cinturones
Decreto 333 de 1937 · Por el cual se reglamenta el uniforme de los miembros del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.