Micelio

Artículo 51

La Autorización De Que Se Trata En El Artículo Anterior Se Otorgará Previa Comprobación De Que Los Reglamentos De La Escuela, Los Cursos De Instrucción Teóricos Y Prácticos, El Equipo, En General, Incluyendo Los Aeródromos, El Personal Docente Y Las Tarifas De Enseñanza, Están Perfectamente Acordes Con El Reglamento Que Sobre Escuelas De Aviación Debe Dictar La Comisión Técnica Creada Por El Presente Decreto

Decreto 66 de 1934 · Por el cual se reglamenta la aviación civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La autorización de que se trata en el artículo anterior se otorgará previa comprobación de que los reglamentos de la escuela, los cursos de instrucción teóricos y prácticos, el equipo, en general, incluyendo los aeródromos, el personal docente y las tarifas de enseñanza, están perfectamente acordes con el reglamento que sobre escuelas de aviación debe dictar la comisión técnica creada por el presente Decreto. CAPITULO IX Prohibiciones y sanciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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