Micelio

Artículo 1

Decreto 846 de 1904 · Por el cual se reglamenta la ejecución de la Ley 11 del presente año (3 de octubre) que provee a las más urgentes necesidades de la Administración Pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La facultad acordada á la Junta de Amortización en el artículo 2.° de la Ley 11 del presente año (3 de Octubre) que provee á las más urgentes necesidades de la Administración pública, para emitir libranzas en oro colombiano y darlas á la venta con el objeto de destinar su producto al reembolso de los $100.000,000 que la Junta de Emisión debe entregar al Gobierno en calidad de préstamo, no tendrá efecto hasta transcurridos los noventa días, á contar desde la fecha de la sanción de la Ley 11 del presente año, fijados en su artículo 3.° para la entrega del expresado empréstito, ó cuando se complete la entrega de los $100.000,000.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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