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Artículo 1

Por Convocatoria Del Superintendente General Del Puerto De Buenaventura, Se Reunirán Los Agentes De Naves Del Citado Puerto, Con El Fin De Elegir La Persona Que Ha De Representarlos En La Junta Asesora De La Superintendencia Del Puerto

Decreto 3192 de 1954 · Sobre Junta Asesora de la Superintencia del Puerto de Buenaventura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1º Por convocatoria del Superintendente General del Puerto de Buenaventura, se reunirán los Agentes de naves del citado puerto, con el fin de elegir la persona que ha de representarlos en la Junta Asesora de la Superintendencia del Puerto. La sesión durante la cual ha de elegirse el representante de los Agentes de Naves a que se refiere el presente artículo, será presidida por el Superintendente General del Puerto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3192 de 1954