º . Son deberes y obligaciones del Guía de Turismo
Prestar sus servicios en los términos ofrecidos y pactados con el visitante y con la empresa que lo contrate y garantizar el cumplimiento de los mismos de acuerdo con lo dispuesto por la Ley General de Turismo y demás normas que regulen la prestación de los servicios turísticos.
Ejercer sus funciones de forma profesional y sin manifestación de parcialidad o discriminaciones de tipo político, religioso, étnico, de género, socioeconómico, cultural o de cualquiera otra índole, que vulneren los derechos fundamentales de los usuarios de sus servicios.
Respetar la identidad y la diversidad cultural de las comunidades ubicadas en zonas donde presten sus servicios o con las cuales tengan intercambio.
Evitar que los visitantes bajo su orientación atenten contra el patrimonio del país, extrayendo o colectando especies animales, vegetales, minerales o cualquier objeto de significación cultural o valor económico.
Informar previamente las tarifas a los usuarios o a las empresas que los contraten.
Portar su Tarjeta Profesional y presentarla cuando se le solicite por razón de sus funciones.
Advertir a las personas o grupos a su cargo de la conveniencia de ser amparados por póliza de seguros de accidente, cuando la actividad desarrollada así lo amerite.
Informar al turista sobre los riesgos de la zona visitada, sobre el equipo y vestido que conviene utilizar y sobre las condiciones generales del lugar objeto de la visita.
Los Guías de Turismo en el ejercicio de su profesión observarán los más altos niveles de calidad, oportunidad y eficiencia. CAPITULO VI De las infracciones y sanciones