º . Funciones de la Junta Directiva. La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones
Formular la política general del Instituto;
Adoptar los estatutos internos del Instituto y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional;
Aprobar el proyecto anual de presupuesto y autorizar los traslados presupuestales necesarios para la ejecución de los programas del mismo, de conformidad con las normas de la Ley Orgánica de Presupuesto;
Integrar y someter a consideración del Presidente de la República, por intermedio del Ministro de Salud, la terna para designar al Director del Instituto, de conformidad con lo establecido en los artículos 192 y 195 de la Ley 100 de 1993:
Controlar el funcionamiento general del Instituto, velando por la adecuada ejecución y desarrollo de su objeto;
Estudiar y aprobar los balances de cada ejercicio y examinar las respectivas cuentas de conformidad con las normas vigentes;
Determinar la organización interna del Instituto, aprobando su planta de personal y los manuales de cargos y funciones correspondientes;
Conceder, de conformidad con las normas vigentes, licencias y comisiones al Director del Instituto;
Darse su propio reglamento;
Servir de órgano consultivo del Director a solicitud de éste;
Estudiar y aprobar, de conformidad con las normas legales vigentes, el reglamento interno de trabajo al cual deben someterse los servidores públicos que estén al servicio del Instituto.