Micelio

Artículo 2.8.2.5.2

Tipos De Información

Decreto 1080 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tipos de información. Las normas del presente decreto se aplicarán a cualquier tipo de información producida y/o recibida por las entidades públicas, sus dependencias y servidores públicos, y en general por cualquier persona que desarrolle actividades inherentes a la función de dicha entidad o que hayan sido delegados por esta, independientemente del soporte y medio de registro (análogo o digital) en que se produzcan, y que se conservan en:

a)

Documentos de Archivo (físicos y electrónicos).

b)

Archivos institucionales (físicos y electrónicos).

c)

Sistemas de Información Corporativos.

d)

Sistemas de Trabajo Colaborativo.

e)

Sistemas de Administración de Documentos.

f)

Sistemas de Mensajería Electrónica.

g)

Portales, Intranet y Extranet.

h)

Sistemas de Bases de Datos.

i)

Disco duros, servidores, discos o medios portables, cintas o medios de video y audio (análogo o digital), etc.

j)

Cintas y medios de soporte (back up o contingencia).

k)

Uso de tecnologías en la nube.

(Decreto número 2609 de 2012, artículo 2°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1080 de 2015