Micelio

Artículo 47

Decreto 125 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Revisión: a). Revisar y corregir los informes rendidos por las comisiones de visita; b). Elaborar las actas de conclusiones, proyectos de resoluciones en colaboración con el Jefe de la División respectiva, oficios y demás, providencias relacionados con las visitas que, en desarrollo de su labor de inspección, practique la Superintendencia Bancaria; c). Velar por el estricto cumplimiento de las recomendaciones anotadas por causa de las Informes; y d). Las demás que le señale el Superintendente. Sección de Establecimientos de Crédito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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