Modificación del inciso tercero del artículo 257 del Decreto número 1165 de 2019. Modifíquese el inciso tercero del artículo 257 del Decreto número 1165 de 2019, el cual quedará así: “Este procedimiento lo llevarán a cabo las empresas de mensajería especializada intermediarios de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes al momento de recibir la carga en el área de inspección señalada por la autoridad aduanera e informarán los detalles de la carga efectivamente recibida y las inconsistencias frente al manifiesto expreso, diligenciando para ello la planilla de recepción a través de los Servicios Informáticos Electrónicos, en los términos y condiciones que establezca la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) mediante resolución de carácter general”.
Decreto 659 de 2024 →Vigente
Artículo 36
Modificación Del Inciso Tercero Del Artículo 257 Del Decreto Número 1165 De 2019
Decreto 659 de 2024 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 1165 de 2019.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.