Micelio

Artículo 17

Actividades Transitorias

Decreto 257 de 2004 · por el cual se modifica la Estructura del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas, IPSE.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Actividades transitorias . Para efectos de culminar el proceso de transformación del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, ICEL, en Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas, IPSE, el Instituto adelantará las siguientes actividades

1.

Enajenar los activos que el IPSE posee en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, mediante la capitalización de los mismos, la cual se realizará antes del 31 de diciembre de 2004. Estos activos podrán ser capitalizados en las empresas de servicios públicos luego de lo cual, el Instituto podrá entregar a la Nación las acciones en dación de pago.

2.

Entrega de los activos en infraestructura energética, perteneciente a las Zonas no Interconectadas, ZNI, de propiedad del IPSE, bajo el esquema resultante más conveniente antes del 31 de diciembre de 2006.

3.

Apoyar la prestación del servicio público de energía con la administración, operación y mantenimiento de infraestructura energética de las ZNI, en zonas en donde no se hayan constituido esquemas empresariales para dicha prestación, previa evaluación y aprobación por parte de un Comité Técnico Interinstitucional, conformado por profesionales técnicos designados por el Ministerio de Minas y Energía, el Departamento Nacional de Planeación y la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME. La presidencia del Comité será rotativa y la Secretaría Técnica la ejercerá el IPSE.

Parágrafo

Una vez concluido el período transitorio, el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas no Interconectadas, IPSE, no podrá tener dentro de sus activos estructuras energéticas de generación, transmisión y/o distribución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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