Las licencias de pesca científica deberán ser solicitadas al Ministerio de Agricultura por entidades científicas, investigativas, o docentes, acompañando la solicitud con el programa investigativo. Estas licencias se otorgarán por el tiempo indispensable, y no se renovarán sino cuando las entidades interesadas hayan presentado los informes respectivos sobre los resultados obtenidos en las investigaciones anteriores.
El poseedor de licencias de pesca científica podrá pescar libremente cualquier especie y de cualquier tamaño, en zonas y épocas vedadas, y con redes de tamaños diferentes a los establecidos en los reglamentos.