Articulo 13 . Inembargabilidad y descuentos . Las prestaciones sociales a que se refiere este decreto no son embargables judicialmente, salvo en los casos de juicios de alimentos. En todo caso el monto del embargo no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) de aquellas. Cuando se trate de obligaciones contraídas con entidades adscritas o vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional, podrá ordenarse directamente los descuentos del caso por la correspondiente autoridad administrativa, sin que en todo caso excedan del cincuenta por ciento (50%).
Decreto 1794 de 2000 →Vigente
Artículo 13
Decreto 1794 de 2000 · por el cual se establece el régimen salarial y prestacional para el personal de soldados profesionales de las Fuerzas Militares.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.