Micelio

Artículo 4

La Persona Responsable Del Delito De Fraude O Contrabando A La Renta Nacional De Aduanas, Sufrirá La Pena De Arresto De Un Mes A Dos Años, Y La Pena Accesoria De Publicación De La Sentencia

Decreto 1432 de 1940 · Por el cual se dictan medidas sobre represión del contrabando y jurisdicción aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La persona responsable del delito de fraude o contrabando a la renta nacional de aduanas, sufrirá la pena de arresto de un mes a dos años, y la pena accesoria de publicación de la sentencia. En caso de reincidencia, la pena será la de relegación a una colonia penal por el tiempo de tres meses a tres años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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