Micelio

Artículo 136

Son Deberes Del Empresario De Espectáculo Que Se Celebre Con Fines De Lucro: A) Presentar El Espectáculo Ofrecido En El Sitio, Día Y Hora Anunciados; B) Asegurar El Normal Desarrollo De La Función O Representación; C) Otorgar Al Público Suficientes Condiciones De Visibilidad, Audición Y Comodidad; D) Reservar Para Los Asistentes Los Sitios Previamente Ofrecidos Según Lo Anotado En El Billete De Entrada

Decreto 1355 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre policía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son deberes del empresario de espectáculo que se celebre con fines de lucro

a)

Presentar el espectáculo ofrecido en el sitio, día y hora anunciados;

b)

Asegurar el normal desarrollo de la función o representación;

c)

Otorgar al público suficientes condiciones de visibilidad, audición y comodidad;

d)

Reservar para los asistentes los sitios previamente ofrecidos según lo anotado en el billete de entrada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1355 de 1970