Desde el 1° de enero de 1948 la contribución que la Nación aporta para el sostenimiento del Hospital de Caridad de Barranquilla será aumentada a la suma de cinco mil pesos ($ 5.000), en atención al cumplimiento que se ha dado al ordinal a) del artículo 1° de la Ley 71 de 1946 .
Ley 46 de 1947 →Vigente
Artículo 4
Ley 46 de 1947 · Por la cual se provee al sostenimiento del hospital san francisco de paula de barranquilla, se contribuye a la construcción de la catedral y se le da impulso al hospital de caridad de la misma ciudad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.