Micelio

Artículo 2.2.1.3A.1.10

A

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A.1.10. De la Secretaría Técnica del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA). El Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA) contará con una secretaría técnica que tendrá dentro de sus funciones

1.

Citar las sesiones ordinarias del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA) mínimo tres (3) veces al año.

2.

Citar las sesiones extraordinarias del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA) cuando su presidencia o dos (2) de sus integrantes lo considere.

3.

Invitar a las sesiones ordinarias o extraordinarias a los demás actores públicos y privados que el Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA), cuando dos (2) de sus miembros o su presidencia considere pertinente, dependiendo de los temas a tratar.

4.

Elaborar las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA) y asegurar su suscripción.

5.

Custodiar, archivar, disponer y dar publicidad a las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA).

6.

Hacer seguimiento a los compromisos previstos en las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA).

7.

Compilar los reportes de las actuaciones de los integrantes y actores públicos y privados del SINAPYBA en materia de protección y bienestar animal, así como aquellas adelantadas en cumplimiento de la Política Nacional de Protección y Bienestar Animal (PNPYBA) y su plan de acción.

8.

Adelantar el seguimiento al cumplimiento de la Política Nacional de Protección y Bienestar Animal (PNPYBA) y su plan de acción.

9.

Operativizar los Subcomités Técnicos de Protección y Bienestar Animal previstos en el artículo 2.2.1.3A.1.11 del presente capítulo.

10.

Preparar los informes que requiera la presidencia del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA).

11.

Las demás previstas en el Manual Operativo de que trata el artículo 2.2.1.3A.1.13 del presente capítulo.

Parágrafo

La secretaría técnica del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA) se ejercerá de forma permanente por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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