Artículo segundo . Este gasto se atenderá con los recursos previstos en el artículo 3° del Decreto legislativo número 0008 de 29 de enero do 1958, destinados a la financiación de las deudas del Banco Popular con el Banco de la República, Capitulo 110-A, articulo 1153-A del Presupuesto vigente.
Decreto 182 de 1958 →Vigente
Artículo 2
Del Decreto Legislativo Número 0008 De 29 De Enero Do 1958, Destinados A La Financiación De Las Deudas Del Banco Popular Con El Banco De La República, Capitulo 110-A, Articulo 1153-A Del Presupuesto Vigente
Decreto 182 de 1958 · Por el cual se destina una suma para efectuar un reembolso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.