Micelio

Artículo 16

Modifícase El Artículo 87 Del Decreto 283 De 1990, El Cual Quedará Así: Las Refinerías Y Plantas De Abastecimiento Llevarán Un Listado De Los Vehículos Que Transportan Sus Productos, El Cual Será Enviado Semestralmente Al Ministerio De Minas Y Energía Y Al Instituto Nacional De Transporte Y Tránsito, Intra

Decreto 353 de 1991 · por el cual se reglamenta la Ley 26 de 1989 y se modifica parcialmente el Decreto 283 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifícase el artículo 87 del Decreto 283 de 1990, el cual quedará así: Las refinerías y plantas de abastecimiento llevarán un listado de los vehículos que transportan sus productos, el cual será enviado semestralmente al Ministerio de Minas y Energía y al Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, INTRA.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 353 de 1991