Micelio

Artículo 8.24

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Devoluciones. Cuando por incumplimiento o retiro voluntario del suscriptor que no se haya beneficiado con adjudicación, o cuando por aplicación de la garantía mínima prevista en las disposiciones sobre protección al consumidor se termine el contrato, el suscriptor tendrá derecho a la devolución de las cuotas netas, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses. Para obtener esa devolución el suscriptor deberá presentar la información de la cuenta bancaria a la que se hará la devolución, a través de los canales autorizados por las SAPAC. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la celebración de la última asamblea de adjudicación del grupo, la SAPAC deberá contactar de manera proactiva al suscriptor retirado o a su beneficiario, con el fin de informarle el trámite de devolución, solicitar o confirmar la información necesaria para el pago y adelantar las gestiones previas correspondientes. Este contacto no modifica la fecha de exigibilidad del derecho del suscriptor ni implica la devolución anticipada de aportes durante la vigencia del grupo. Suministrada la información bancaria por los canales autorizados, la devolución de las cuotas netas se efectuará dentro del mes siguiente a la terminación del plazo del plan escogido, conforme a lo establecido en el contrato. Al mes siguiente de la terminación del plazo del plan escogido, las cuotas netas de los Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 suscriptores que se hayan retirado del grupo deberán reclasificarse en el patrimonio autónomo a una cuenta especial de acreedores que se denominará "Cuotas por devolver". Por lo tanto, a partir de la fecha de dicha terminación, los suscriptores tendrán derecho a solicitar la devolución de las cuotas netas exigibles. Es deber de las SAPAC procurar que la devolución de las cuotas por terminación anticipada del contrato se haga dentro del mes siguiente y se tendrá como practica Circular externa insegura que mantenga dichos recursos transcurridos seis (6) meses siguientes a la finalización del plan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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