Micelio

Artículo 5

Una Vez Constituida La "fundación Ciudad De Cali", Cesaran En Sus Funciones La Junta Nacional Prodamnificados De Cali, El Comité Central De Recuperación Económico-Social Y La Junta Informadora De Da\os Y Perjuicios

Decreto 133 de 1957 · Por el cual se autoriza la creación y organización de la Fundación Ciudad de Cali y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Una vez constituida la "Fundación Ciudad de Cali", cesaran en sus funciones la Junta Nacional Prodamnificados de Cali, el Comité Central de Recuperación Económico-Social y la Junta Informadora de Da\os y Perjuicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 133 de 1957