°. Funciones. Los Comités Departamentales de Seguridad Turística desarrollarán las siguientes funciones
Promover y articular la ejecución de medidas de prevención y control sobre los prestadores de servicios turísticos, en coordinación con las autoridades correspondientes.
Efectuar de manera coordinada con las autoridades competentes los programas de vigilancia de atractivos y actividades turísticas.
Diseñar y estructurar la compilación de datos relevantes en materia de Seguridad Turística, para su respectivo análisis y toma de decisiones.
Informar al Consejo Nacional de Seguridad Turística, las necesidades de fortalecimiento de la Policía de Turismo de cada departamento, de acuerdo con el análisis de la información recopilada.
Implementar medidas para la seguridad de los turistas durante sus desplazamientos a través de los diferentes medios de transporte, incluidos los aéreos, terrestres, fluviales, marítimos y lacustres.
Coordinar con las entidades territoriales la ejecución de las medidas concertadas tanto en el Consejo Nacional de Seguridad Turística, como en los Comités.
Recomendar todas las medidas y acciones que se consideren pertinentes para la protección del turista.