° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919, con la cantidad de veinticuatro mil treinta y cuatro pesos ($ 24,034), que llevará las siguientes imputaciones: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 13 Corte Suprema de Justicia Artículo 53 bis. Para restablecer el descuento hecho y completar los sueldos de los empleados subalternos de esta oficina, de 1° de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919 $ 1,458 CAPITULO 14 Tribunales Superiores de Distrito Judicial Artículo 70 bis. Para restablecer el descuento hecho y completar los sueldos de los empleados subalternos de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, inscritos en los respectivos
s de los artículos 54 a 70 de esta capítulo, de 1° de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919 4,940 40 CAPITULO 15 Juzgados Superiores de Distrito Judicial Artículo 88 bis. Para restablecer el descuento hecho y completar los sueldos de los empleados subalternos de los Juzgados Superiores de Distrito Judicial, inscritos en los respectivos
s de los artículos 72 a 88 de este capítulo, de 1° de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919 2,262 60 CAPITULO 16 Juzgados de circuito Artículo 219 bis. Para restablecer el descuento hecho y completar los sueldos de los empleados subalternos de los Juzgados de Circuito, inscritos en los respectivos
s de los artículos 89 a 219 de este capítulo, de 1° de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919 15,373 Total $ 24,034