Las Erogaciones A Que Dé Lugar El Cumplimiento Del Artículo 1° De Este Decreto Serán Imputadas Al Capítulo 81, Artículo 836 Del Presupuesto Nacional De La Vigencia En Curso
Decreto 144 de 1958 · Por el cual se crea el Juzgado Territorial de Santiago, en la Comisaría del Putumayo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Las erogaciones a que dé lugar el cumplimiento del artículo 1° de este Decreto serán imputadas al Capítulo 81, artículo 836 del Presupuesto Nacional de la vigencia en curso.
Parágrafo
Los enseres y útiles de que disponía el Juzgado Municipal de Santiago pasarán al Territorial del mismo lugar.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.