Micelio

Artículo 14

La Superintendencia Del Impuesto Sobre La Renta Tendrá En Los Sucesivo El Carácter Y La Denominación De Superintendencia General De Impuestos Y Ejercerá, Además De Las Atribuciones Que Le Señala El Respectivo Decreto Orgánico, La De Supervigilar Los Ramos De Timbre Nacional Y De Consumo, Adoptando Las Medidas Conducentes A Mejorar Su Organización Y El Rendimiento De Tales Impuestos

Decreto 707 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con los impuestos de consumo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Superintendencia del Impuesto sobre la Renta tendrá en los sucesivo el carácter y la denominación de Superintendencia General de Impuestos y ejercerá, además de las atribuciones que le señala el respectivo Decreto orgánico, la de supervigilar los ramos de timbre nacional y de consumo, adoptando las medidas conducentes a mejorar su organización y el rendimiento de tales impuestos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 707 de 1922