Cuando A Un Empleado Oficial Le Será Conferida Por Un Organismo Oficial Una Comisión Que Deba Ser Cumplida En El Exterior, Podrá Autorizarse Pago De Viáticos, De Una Entidad Hasta De Us$70 (Dólares) Diarios
Decreto 637 de 1974 · Por el cual se dictan normas sobre viáticos de empleados oficiales y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Cuando a un empleado oficial le será conferida por un organismo oficial una comisión que deba ser cumplida en el exterior, podrá autorizarse pago de viáticos, de una entidad hasta de US$70 (dólares) diarios. El Gobierno reglamentará la presente disposición teniendo en cuenta los aspectos a que se refiere el artículo anterior.
Parágrafo
Las comisiones de estudio en el exterior, en ningún caso, darán lugar al pago de viáticos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.