Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1 De Enero De 1966, El Fondo Rotatorio De La Dirección General De Aduanas Se Denominará Fondo Rotatorio Del Artículo Misterio De Hacienda, Y Tendrá Las Siguientes Atribuciones Para Extender Sus Servicios A Todas Las Dependencias Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público: A) Dotar A Las Dependencias Del Ministerio De Los Elementos Necesarios Para El Correcto Desempeño De Sus Funciones; B) Tomar En Arrendamiento, Construir O Adquirir Los Inmuebles Apropiados Para El Funcionamiento De Todas Las Dependencias Del Ministerio De Hacienda; C) Atender A La Conservación Y Mantenimiento De Los Inmuebles Y Elementos De Que Se Trata Anteriormente; D) Adelantar Planes De Vivienda, Tendientes A Dotar De Casa De Habitación A Los Funcionarios De Ministerio De Hacienda, Pudiendo Para Tal Efecto Contratar Empréstitos Con Entidades Nacionales O Internacionales

Decreto 3075 de 1965 · por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Rotatorio de la Dirección General de Aduanas, y se extienden sus servicios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1 de enero de 1966, el Fondo Rotatorio de la Dirección General de Aduanas se denominará Fondo Rotatorio del artículo Misterio de Hacienda, y tendrá las siguientes atribuciones para extender sus servicios a todas las dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

a)

Dotar a las dependencias del Ministerio de los elementos necesarios para el correcto desempeño de sus funciones;

b)

Tomar en arrendamiento, construir o adquirir los inmuebles apropiados para el funcionamiento de todas las dependencias del Ministerio de Hacienda;

c)

Atender a la conservación y mantenimiento de los inmuebles y elementos de que se trata anteriormente;

d)

Adelantar planes de vivienda, tendientes a dotar de casa de habitación a los funcionarios de Ministerio de Hacienda, pudiendo para tal efecto contratar empréstitos con entidades nacionales o internacionales. Para lo previsto en este artículo, el Fondo Rotatorio destinará un porcentaje de sus ingresos para atender a los préstamos que la entidad otorgue a los empleados, con destino a la adquisición de vivienda, mediante reglamentación que para tal efecto expida la Junta Directiva;

e)

Fomentar la asociación cooperativa entre los empleados del Ministerio de Hacienda;

f)

Efectuar inversiones rentables;

g)

Pagar a los denunciantes y aprehensores de mercancías de contrabando las participaciones que les reconozcan las autoridades competentes;

h)

Efectuar el remate o venta directa de las mercancías de contrabando o abandonadas, con facultad para su reavalúo;

i)

Autorizar la venta directa de mercancías de contrabando o abandonadas, en los casos que permite la ley, pudiendo, para tal efecto, ordenar el reavalúo de las mismas para que sirva como base de la venta;

j)

Destinar las mercancías de contrabando o abandonadas, para el uso de las dependencias del Ministerio de Hacienda;

k)

Colaborar con las Oficinas de Jurisdicción Coactiva y de Investigación Tributaria del Ministerio de Hacienda, para agilizar los trámites de recaudo de intereses moratorios;

l)

Supervigilar los Almacenes de Rezagos, para agilizar los trámites administrativos que conducen a remate. CAPITULO II De los ingresos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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