Micelio

Artículo 39

No Producirá Ningún Efecto El Despido Colectivo De Trabajadores Sin La Previa Autorización De Los Funcionarios Competentes Del Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social

Decreto 1469 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones laborales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No producirá ningún efecto el despido colectivo de trabajadores sin la previa autorización de los funcionarios competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1469 de 1978