Micelio

Artículo 6

Decreto 2160 de 1992 · Por el cual se fusiona la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia con el Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CONSEJO DIRECTIVO. El Consejo directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario estará integrado por:

1.

1. El Ministro de Justicia o el Viceministro de Justicia, quien lo presidirá.

2.

2. El Fiscal General de la Nación o su delegado.

3.

3. El Director de la Policía Nacional o su delegado.

4.

4. El Secretario General del Ministerio de Justicia.

5.

5. El Jefe de la Oficina de Planeación del Ministerio de Justicia.

6.

6. Un representante del Presidente de la República.

El Defensor del Pueblo o su delegado, así como un representante de las asociaciones industriales o comerciales existentes podrán ser invitados a las sesiones del Consejo, con voz, pero sin voto.

Parágrafo

PARÁGRAFO. El Director General tendrá voz pero no voto en las sesiones del Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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