Micelio

Artículo 5

Decreto 2117 de 1951 · Por el cual se confieren unas autorizaciones al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. Las zonas ocupadas por el Ferrocarril Troncal de Occidente y por la Variante de Arjona, cuyo valor no haya sido pagado, podrán ser devueltas por el Consejo de Ferrocarriles a sus propietarios, siempre que renuncien a todo reclamo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2117 de 1951