Micelio

Artículo 5

Continuidad De La Remuneración E Incorporación

Decreto 121 de 2022 · por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Continuidad de la remuneración e incorporación . El empleado público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público al que se le suprime el cargo continuará percibiendo la remuneración mensual correspondiente al cargo que desempeña actualmente y cumpliendo las funciones asignadas al empleo que ocupa, hasta tanto se produzca la incorporación directa en el cargo creado en el artículo 2° del presente decreto o sea nombrado en otro cargo equivalente.

Parágrafo

Al servidor público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público actualmente vinculado y que en virtud del presente decreto sea incorporado en el empleo creado en el artículo 2° de este decreto, no le aplicará las disposiciones consagradas en los artículos 2.2.13.2.2, 2.2.13.2.3 y el

Parágrafo

del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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