Cuando exista persona identificada, la indagación preliminar sólo podrá extenderse por un término máximo de dos (2) meses, vencido el cual el juez determinará, si es el caso, abrir investigación o dictar auto inhibitorio.
Cuando no exista prueba de identificación o de individualización del posible autor y partícipe del hecho, el término máximo será de ciento ochenta (180) días.