°. Consejo Directivo de Vías (Invías) . El Consejo Directivo estará integrado así: 5.1 El Ministro de Transporte o su delegado, quien lo presidirá. 5.2 El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado. 5.3 El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. 5.4 El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado. 5.5 Un representante del Presidente de la República. El Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías) asistirá a las reuniones del Consejo Directivo con voz; igualmente participarán el Viceministro de Infraestructura y el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Transporte, cuando así lo considere el Consejo Directivo. El Secretario General del Instituto Nacional de Vías (Invías) actuará como Secretario del Consejo Directivo.
Decreto 2618 de 2013 →Vigente
Artículo 5
Consejo Directivo De Vías (Invías)
Decreto 2618 de 2013 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Vías (Invías) y se determinan las funciones de sus dependencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.