º . - Jurisdicción. La Empresa Social del Estado Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" tendrá jurisdicción en todo el territorio nacional, duración indefinida y su domicilio, sede de sus órganos administrativos principales, será la ciudad de Santafé de Bogotá, D.C.
Decreto 1257 de 1994 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 1257 de 1994 · por el cual se transforma la Unidad Administrativa Especial Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" en Empresa Social del Estatuto del orden Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.