La Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional será la encargada de desarrollar la política y los planes generales para el reconocimiento y pago de las asignaciones mensuales de retiro, al igual que los programas que adopte el Gobierno Nacional en materia de seguridad social, en coordinación con el Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, para el personal de Oficiales, Suboficiales, Agentes y demás estamentos de la Policía Nacional, a quienes la ley les otorgue el derecho a tal prestación, así como la sustitución pensional a sus beneficiarios.
Decreto 823 de 1995 →Vigente
Artículo 4
Objetivo
Decreto 823 de 1995 · por el cual se expide el Estatuto Interno de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, adoptado por Acuerdo 01 del 11 de enero de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.