°. La incorporación de los empleados públicos administrativos a la planta de personal establecida en el literal a) del artículo 2° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el decreto 1173 de 1999 y demás normas legales vigentes sobre la materia. Los empleados públicos docentes a que se refiere el literal b) del artículo 2° del presente decreto, se incorporarán de conformidad con las normas vigentes.
Decreto 275 de 2004 →Vigente
Artículo 6
La Incorporación De Los Empleados Públicos Administrativos A La Planta De Personal Establecida En El Literal A) Del Artículo 2° Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A La Fecha De Su Publicación, Teniendo En Cuenta Lo Dispuesto En El Decreto 1173 De 1999 Y Demás Normas Legales Vigentes Sobre La Materia
Decreto 275 de 2004 · por el cual se modifica la planta de personal administrativo y docente del Colegio Integrado Nacional Oriente de Caldas y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.