Artículo segundo. Con base en las sumas distribuídas por el presente Decreto y la distribución del artículo 9282 del actual Presupuesto Nacional de Gastos, se girará en el presente año, previo trámite del certificado de reserva, el valor del aporte nacional fijado en la última acta adicional de prórroga al contrato básico, actualmente vigente, deduciendo el porcentaje para el envío de equipos y elementos por el Almacén General del Ministerio de Salud Pública.
Artículo 9282
Del Actual Presupuesto Nacional De Gastos, Se Girará En El Presente Año, Previo Trámite Del Certificado De Reserva, El Valor Del Aporte Nacional Fijado En La Última Acta Adicional De Prórroga Al Contrato Básico, Actualmente Vigente, Deduciendo El Porcentaje Para El Envío De Equipos Y Elementos Por El Almacén General Del Ministerio De Salud Pública
Decreto 452 de 1962 · Por el cual se distribuye parte de la suma global apropiada en el Presupuesto Nacional de Gastos vigente para "aportes contractuales para conservación de la salud, medidas preventivas de salud y saneamiento ambiental
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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