Micelio

Artículo 3

º

Decreto 3008 de 1997 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 1668 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio José Urdinola Uribe. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Iván Moreno Rojas. La Ministra de Justicia y del Derecho, Almabeatriz Rengifo López.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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