Micelio

Artículo 8

El Debido Cobrar O El Activo Disponible Del Balance Del Tesoro De La Nación, Proveniente De Tas Rentas E Ingresos No Recaudados Del Ejercicio De 1961 Se Mantendrá Como Tal Activo Durante El Ejercicio De 1963 Para Acelerar Su Recaudo; Pero Estará Amparado Por Una Reserva Equivalente Al Diez Por Ciento (10%) Del Monto Total Del Mismo

Decreto 3505 de 1962 · Por el cual se reajusta el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones (Ley 138 de 1961), para la vigencia fiscal del 1º de enero a 31 de diciembre de 1963

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El debido cobrar o el activo disponible del Balance del Tesoro de la Nación, proveniente de tas rentas e ingresos no recaudados del ejercicio de 1961 se mantendrá como tal activo durante el ejercicio de 1963 para acelerar su recaudo; pero estará amparado por una reserva equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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