Funciones del Sistema Nacional de Búsqueda. El Sistema Nacional de Búsqueda tendrá las siguientes funciones
Formular e implementar lineamientos y procedimientos que orienten la articulación y cooperación entre las entidades del Estado del nivel territorial, nacional, con instancias, organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil, así como actores privados o mixtos, para la atención, prevención, búsqueda, identificación y dado el caso, reencuentro o entrega digna de los cuerpos de personas dadas por desaparecidas, incluyendo a las víctimas de desaparición forzada y a aquellas que se encuentran ubicadas en zonas de frontera del territorio nacional.
Construir el mecanismo de evaluación del Plan Nacional de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en contexto y en razón del conflicto armado, cuya dirección, actualización y puesta en marcha está a cargo de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas.
Articular a las entidades que componen el Sistema Nacional de Búsqueda en las acciones requeridas para la implementación de los planes nacionales de búsqueda existentes y los planes regionales de búsqueda definidos por la Unidad de Búsqueda de personas dadas por Desaparecidas, en armonización con la Política Pública Integral.
Determinar el proceso de formulación, diseñar, impulsar la implementación, ejecutar a través de sus miembros, y hacer seguimiento y evaluación a la Política Pública Integral, integrando los principios rectores para la búsqueda, las herramientas, mecanismos, instrumentos y avances existentes, y los enfoques diferenciales, incluyendo el de género, el étnico racial y el territorial, desde una comprensión interseccional. La política pública integral formulada y sus mecanismos de seguimiento y evaluación serán adoptados por el Gobierno nacional a través de decreto para lo cual los Ministerios miembros del Sistema adelantarán lo pertinente.
Definir las metas e indicadores a corto, mediano y largo plazo que permitan establecer los avances en la atención, prevención, búsqueda, identificación y dado el caso, reencuentro o entrega digna de las personas dadas por desaparecidas en razón del conflicto armado, incluyendo a las víctimas de desaparición forzada y promover su incorporación en los planes de desarrollo territoriales.
Fortalecer el Registro Nacional de Desaparecidos, como mecanismo articulador de la información de las entidades del Estado, para lo cual, los participantes en el Sistema deberán, de acuerdo con su naturaleza y competencias, suministrar e integrar de manera oportuna, ágil y efectiva la información que tengan a su disposición, relacionada con las personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, incluyendo a las víctimas de desaparición forzada, garantizando su interoperabilidad, complementariedad de los sistemas de información, metodologías de la información sensibles al género y bases de datos que contribuyan a la búsqueda.
Articular y armonizar las políticas públicas e iniciativas sectoriales que determinen, impulsen o impacten la atención, prevención, búsqueda, reencuentro o entrega digna de los cuerpos de personas dadas por desaparecidas, incluyendo a las víctimas de desaparición forzada, en particular las relacionadas con la gestión, protección e intervención de cementerios, y las políticas emanadas del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
Establecer los mecanismos de articulación y complementariedad entre el Sistema Nacional de Búsqueda, el Sistema Nacional de Atención y Reparación a Víctimas (SNARIV) y el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR).
Colaborar con la Instancia de Articulación entre el Gobierno nacional, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, prevista en el artículo 205 de Ley 2294 de 2023 para la integración de los planes, programas o proyectos con contenido restaurativo para efectos del cumplimiento de las sanciones propias y otras medidas de contribución a la reparación, y con las demás instancias que guarden relación con los objetivos estratégicos del Sistema Nacional de Búsqueda, tales como la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y el Comité de Coordinación Nacional de la Alerta Rosa.
Liderar la coordinación interinstitucional necesaria para la planeación y destinación de recursos en el corto, mediano y largo plazo que garanticen la implementación de la Política Pública Integral y del Plan Nacional de Búsqueda, especialmente para el fortalecimiento de las capacidades técnicas, humanas, tecnológicas y administrativas necesarias para tales efectos.
Las demás funciones afines y complementarias necesarias para cumplir con el propósito de esta instancia.