Remoción de la destinación provisional . En virtud al carácter provisional y precario de la destinación, el Administrador del Frisco podrá remover al destinatario provisional en caso de incumplimiento de sus obligaciones.
En caso de que el destinatario no haga efectiva la orden de entrega de los bienes asignados, el Administrador del Frisco podrá hacer uso de las facultades de policía administrativa que le otorga la ley. En todo caso, el Administrador del Frisco está habilitado para iniciar las acciones legales tendientes a resarcir los perjuicios que la gestión del destinatario removido pudiera causarle