Régimen de control interno. El Instituto Nacional de Salud establecerá y aplicará un sistema de control interno, en los términos establecidos en la Constitución Política y en la ley.
Decreto 1291 de 1994 →Vigente
Artículo 28
Régimen De Control Interno
Decreto 1291 de 1994 · por el cual se reestructura el Instituto Nacional de Salud
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.