Micelio

Artículo 1

Desde La Fecha Del Presente Decreto, Establécense Tres Categorías Para El Servicio De Veterinarios Del Ejército, Cuyas Denominaciones Y Asignaciones Serán Las Siguientes: Veterinarios Primeros,a $ 180 Mensuales

Decreto 1710 de 1936 · Por el cual se reglamentan los servicios de veterinarios y enfermeros de ganado del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde la fecha del presente Decreto, establécense tres categorías para el servicio de Veterinarios del Ejército, cuyas denominaciones y asignaciones serán las siguientes: Veterinarios primeros,a $ 180 mensuales. Veterinarios segundos, a $ 150 mensuales. Veterinarios terceros, a $ 130 mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1710 de 1936