Micelio

Artículo 26

A Los Administradores, Así Al General Como Al Seccional, Al Ingeniero, Al Jefe General Del Resguardo Y A Los Subjefes Del Mismo, Se Les Abonarán, Como Viáticos, Los Gastos De Pasajes En Vapores Ferrocarriles Y Demás Vehículos, Y Dos Pesos ($ 2) Diarios Más Por Cada Día Que Estén Fuera Del Lugar De Su Residencia

Decreto 986 de 1922 · Por el cual se organiza la Administración de las salinas marítimas del Atlántico y la venta de sus sales en los Departamentos del Pacífico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los Administradores, así al General como al Seccional, al Ingeniero, al Jefe General del Resguardo y a los Subjefes del mismo, se les abonarán, como viáticos, los gastos de pasajes en vapores ferrocarriles y demás vehículos, y dos pesos ($ 2) diarios más por cada día que estén fuera del lugar de su residencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 986 de 1922