"Para efectos de promover e impulsar el cumplimiento de esta Ley, declárase el año siguiente al comienzo de la vigencia de la misma, como el año de la Campaña de Preparación para la Prevención y el Manejo de Desastres, para instar a todas las instituciones públicas y privadas y a la comunidad en general, a unir esfuerzos alrededor de este propósito nacional".
Se organizará una campaña coordinada a nivel nacional por el Jefe de la Oficina Nacional para la Atención de Desastres y a nivel departamental, intendencial, comisarial, distrital, y municipal por los correspondientes Gobernadores, Intendentes, Comisarios o Alcaldes.