Micelio

Artículo 68

El Fondo De Fomento Dependerá Directamente Del Ministro De Agricultura Y Tendrá La Siguiente Organización

Decreto 133 de 1976 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Fondo de Fomento dependerá directamente del Ministro de Agricultura y tendrá la siguiente organización

a)

Dirección;

b)

Sección de Contabilidad y Pagaduría; y

c)

Sección Financiera y de Evaluación de Proyectos. La planta de personal será incorporada a la general del Ministerio de Agricultura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 133 de 1976