Micelio

Artículo 1

Ley 102 de 1958 · Por la cual se adiciona y complementa el artículo 1º de la Ley 165 de 1941

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

de la Ley 165 de 1941 , mediante solicitud formulada al Juez que consta del juicio de venta o adjudicación de bienes hipotecados, o del juicio ejecutivo, o del concurso de acreedores, o del de quiebra, según el cas, y a la solicitud se le dará la tramitación señalada en el Articulo395 del Código Judicial.

Parágrafo 1

Se presume de derecho que hay colusión entre los intereses del trabajador y los del patrón en los casos en que este, hallándose obligado a llevar libros de contabilidad registrados conforme a la ley, no presente en el término probatorio, al Juez del conocimiento, las copias debidamente autenticadas de sus declaraciones de renta y exhiba parcialmente sus libros de contabilidad con los cuales establezca la relación laboral, modalidad del crédito que de esta relación resulta y cuyo privilegio se invoca.

Parágrafo 2

Cuando el patrón no esté obligado conforme a la Ley a llevar libros registrados, deberá probar con la copia autenticada de su declaración de renta que el trabajador privilegiado con la sentencia estaba relacionado como asalariado soy durante el tiempo a que se refiere la providencia del Juez y había hecho reservas por prestaciones, devengadas o no, a favor del trabajador. Si no exhibiere esta prueba, se presumirá de derecho que hubo colusión entre trabajador y patrón, y quedara sin efecto el privilegio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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