º. Integración. La Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales estará integrada por
El Ministro del Interior y de Justicia, quien la presidirá.
El Ministro de Relaciones Exteriores, o su Viceministro.
El Ministro de Defensa Nacional, o su Viceministro.
El Ministro de Comunicaciones, o el Viceministro de Comunicaciones.
El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, o el Subdirector del Departamento Administrativo de Seguridad DAS. Actuará como Secretario de la Comisión el Director de Asuntos Políticos y Electorales del Ministerio del Interior y de Justicia. Serán invitados permanentes: 1. El Procurador General de la Nación, o su delegado. 2. El Fiscal General de la Nación, o su delegado. 3. El Defensor del Pueblo, o su delegado. 4. El Presidente del Consejo Nacional Electoral, o su delegado, y 5. El Registrador Nacional del Estado Civil o su delegado.