Micelio

Artículo 2

Decreto 382 de 1980 · Por el cual se reglamenta la Ley número 35 del 17 de mayo de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Sede. La sede principal del Fondo será la ciudad de Bogotá, D. E., pero podrá organizar sus servicios a nivel regional o seccional a través de las entidades del sector educativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 382 de 1980